Prohibiciones de Importación en la República Dominicana
En la República Dominicana, existen restricciones específicas sobre la importación de diversas mercancías. A continuación, se detallan las principales categorías y los artículos prohibidos, junto con las leyes y decretos correspondientes:
Armas y Accesorios Relacionados
Prohibidos según el Decreto No. 309-06, del 24 de julio de 2006:
- Armas de fuego y réplicas
- Pertrechos militares (accesorios y ropa de uso militar)
- Rifles de perdigón
- BB Gun (pistola de aire)
- Balas
- Dagas
- Cuchillos y cuchillos militares
- Catanas
- Navajas
Dinero en Efectivo
Prohibido por la Ley No. 72-02, del 4 de junio del 2002, contra el Lavado de Activos.
Electrodomésticos y Ropa Usada
- Electrodomésticos usados: Prohibidos por la Ley No. 147-00.
- Ropa usada: Prohibida por la Ley No. 458, del 3 de enero de 1973.
Material Pornográfico
Prohibido por las leyes 53-07 y 137-03.
Hookah y Accesorios
Prohibidos según la Ley 16-19.
Materiales Peligrosos (Hazmat)
Estos materiales están prohibidos y/o restringidos en todos los medios de transporte, ya sea aéreo o marítimo:
- Químicos peligrosos
- Explosivos y combustibles
- Materiales corrosivos
- Bolsas de aire
- Spray o aerosol
- Perfumes
- Gas comprimido
- Fuertes imanes
- Hielo seco o hielo químico
- Material radioactivo
- Pintura
- Baterías de inversor/Autos
- Bengalas
- Detonadores
- Extintores de incendio
- Helio
- Baterías de litio
Contacto
Para cualquier consulta adicional, por favor contacte al departamento de aduanas a través del correo electrónico: aduanas@domex.com.do.
¡Gracias por preferir Domex!
Was this article helpful?
That’s Great!
Thank you for your feedback
Sorry! We couldn't be helpful
Thank you for your feedback
Feedback sent
We appreciate your effort and will try to fix the article